Desde
el 01 de abril la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –
SUNAFIL iniciará sus funciones como Autoridad Central del Sistema de Inspección
del Trabajo, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 037-2014
TR, que aprobó la transferencia de competencias de este porEtafolio a la citada
superintendencia, en aplicación de lo establecido en su ley de creación.
Conforme
lo establece la norma de su creación, entre las principales funciones de la
SUNAFIL se encuentran: Supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral,
ejecutando las funciones de fiscalización; aprobar las políticas
institucionales en materia de inspección del trabajo; vigilar y exigir el
cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y las
condiciones contractuales, en el orden sociolaboral; Imponer sanciones legalmente
establecidas por el incumplimiento de las normas sociolaborales; ejercer la
facultad de ejecución coactiva, respecto de las sanciones impuestas; Vigilar el
cumplimiento de las normas legales, entre otras.
Consideramos
que las empresas deben adoptar las medidas correspondientes para estar
preparadas para estas fiscalizaciones y evitar así la imposición de multas que
por cierto se han incrementado, por cuanto algunas faltas que antes eran
consideradas leves ahora se encuentran establecidas como muy graves y las
multas son de cinco (05) a cien (100) Unidades Impositivas Tributarias.
Nory Calagua Herrera
NCalagua
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