EMPLEADORES. AL TRATARSE DE DEPÓSITOS
BANCARIOS
Gratificación debe pagarse hasta el
sábado 14
Con beneficios, trabajadores recibirán
adicional de hasta 22%
Hasta el sábado 14 de este mes tienen
plazo los empleadores para cumplir con el depósito de las gratificaciones por
Fiestas Patrias a sus trabajadores, con un adicional a este beneficio del 22%.
Esto último, debido a que los
trabajadores, tanto de la actividad privada como del sector público sujetos al
régimen privado, además de su gratificación, equivalente a un sueldo, deberán
percibir el 13% de este beneficio que dejarán de aportar por concepto de
pensiones a la ONP o AFP.
Junto a ello, igualmente se les abonará
el equivalente al 9% sobre la gratificación, como bonificación extraordinaria
que los empleadores dejarán de aportar a Essalud, de conformidad con la Ley N°
29714, que desgravó nuevamente del pago de este aporte a las gratificaciones de
julio y diciembre hasta 2014.
"En el caso de trabajadores
afiliados a una empresa prestadora de salud (EPS), tal bonificación será del
6.75% del monto de la gratificación", explicó el gerente legal de la
Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala.
Añadió que los trabajadores sujetos a
contrato laboral indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial, así como los
socios trabajadores de las cooperativas de trabajo tienen derecho a recibir la
gratificación de julio, no requiriéndose que laboren un mínimo de cuatro horas
diarias para acceder al beneficio. Mientras que los trabajadores del hogar
tienen derecho a una gratificación equivalente a medio sueldo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario