SIN MULTAS
Regularizarán detracciones
La administración tributaria otorgó
diversas facilidades a los contribuyentes para regularizar los depósitos de
detracciones por servicios, hasta el martes 31 de julio, sin la aplicación de
sanciones, de conformidad con la Resolución Nº 158-2012-SUNAT.
Según la norma, la medida comprende a
los depósitos que debieron realizarse entre el 2 de abril al 31 de mayo de este
año y solo respecto de los servicios contenidos en el numeral 10 del anexo 3 de la
Resolución Nº 183-2004-SUNAT, referidos a los "Demás servicios
gravados con el IGV", explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de
Lima, Víctor Zavala.
El ente fiscal, asimismo, excluyó de
las detracciones a los servicios prestados por operadores de comercio exterior,
entre otros, agentes marítimos y agentes generales de líneas navieras,
compañías aéreas, agentes de carga internacional, almacenes aduaneros, empresas
de servicios de entrega rápida y agentes de aduana, siempre que tales
operadores hubieran sido debidamente autorizados por entidades competentes.
Igualmente excluye de las detracciones
a las actividades de generación, transmisión y distribución de energía
eléctrica, servicios de exploración y/o explotación de hidrocarburos prestados
a Perpetro, servicios prestados por instituciones de compensación y liquidación
de valores y los servicios prestados por los administradores portuarios y
aeroportuarios.
"Se aclara que para efecto de
determinar importe de la operación sobre el cual se debe efectuar la
detracción, se debe considerar el valor venta más el IGV, aun cuando la
operación no estuviera gravada con dicho impuesto", dijo el experto.
FUENTE: EL PERUANO
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