martes, 9 de junio de 2015

CTS: ¿QUÉ HACER SI TU EMPLEADOR NO REALIZÓ EL DEPÓSITO?





El plazo para que los empleadores cumplan con abonar a sus trabajadores el segundo depósito anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) venció ayer 17 de noviembre. Sin embargo, si tu empresa incumplió con este depósito, hay procedimientos que puedes realizar para recibir el pago por este concepto.
Según explica Raúl Saco Barrios, docente en Derecho Laboral de la PUCP, el trabajador tiene dos opciones para hacer que su empresa pague esta compensación. La primera consiste en conciliar con tu empleador para que cumpla con el depósito. 
"El trabajador conoce a su empresa. Si es una que siempre cumple pero en esta ocasión no hizo el depósito en los plazos correspondientes por un problema financiero u otras razones, puede aceptar que le depositen la CTS con retraso. Pero eso sí, la empresa debe abonar el monto por este concepto laboral más los intereses financieros generados", señala el abogado a El Comercio.
Si no hay conciliación, la segunda alternativa que tiene el trabajador es presentar un reclamo a la oficina de inspección laboral del Ministerio de Trabajo, pues el artículo 24° del reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo establece como infracción grave "no depositar íntegra y oportunamente la CTS".
Esta queja puede ser presentada por un solo empleado o el sindicato de la compañía. El Ministerio de Trabajo mantendrá en anónimo el nombre de la persona o grupo que realice la denuncia.
Saco Barrios señala que tras recibir la solicitud, personal del Ministerio de Trabajo realizará una visita a la empresa y la instará a cumplir con el depósito. Este procedimiento podría tardar cerca de tres semanas. 
Si la empresa insiste en no hacer el pago, el Ministerio de Trabajo podría multarla con hasta 10 UIT, es decir S/.38 mil. Esto dependerá de la gravedad de la falta y del número de trabajadores afectados. 

Recuerda que el monto de la CTS es un pago semestral (mayo y noviembre) que se calcula en función del sueldo que percibes y los meses trabajados. La fórmula establecida para saber cuánto te corresponde señala que se suma un sueldo más la sexta parte del mismo, el resultado se divide por doce y finalmente hay que multiplicarlo por los meses trabajados. Por ejemplo, si ganas 3.000 y laboraste seis meses completos, te tocará recibir S/.1.750 por CTS. 
Fuente: El Comercio

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